El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, mediante auto de 17 de febrero de 2017, ha resuelto estimar el incidente de ejecución planteando por la mercantil "Cecop, S.A." en relación con la sentencia de 20 de mayo de 2015 que anuló la revisión del Plan General Municipal de 2012.
La resolución anula el acuerdo plenario de 30 de junio de 2016, que acordó someter a información pública el documento de revisión del Plan General para dar cumplimiento a la sentencia antes citada.
Dicho acuerdo plenario contó con los votos favorables de los grupos municipales de C'S, MC, PSOE y PP, y el voto en contra de CTSSP.
Está resolución es susceptible de recurso en el plazo de 5 días desde su notificación, y ya se ha solicitado a los servicios municipales de Urbanismo que convoque una reunión de urgencia de la "Comisión Técnica de Trabajo" para la revisión del Plan General Municipal, que se reúne en el Palacio de Aguirre desde hace meses a instancia de la consejería de Fomento.
Está coordinación se hace necesaria por cuanto la nulidad del Plan General Municipal, que la resolución dictada hoy extiende a la tramitación actual, se dictó en recurso interpuesto contra la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 29 de diciembre de 2011 relativa a dicha tramitación.
Los servicios municipales estudiarán la resolución la próxima semana e informarán al gobierno de las alternativas judiciales y administrativas.
En cualquier caso ya han comunicado que este era uno de los escenarios contemplados cuando se inició la revisión hace menos de 8 meses y que existen, como reconoce el auto del TSJ, diversas vías para dotar al municipio de un nuevo Plan General que están encima de la mesa y que se debatirán en la comisión técnica compartida con la Consejería de Fomento.
En los próximos días se informará de las conclusiones de dicha mesa técnica y de las actuaciones que procedan en virtud de éstas, tratando de salvaguardar en todo momento el interés público y el desarrollo futuro del municipio