Los cartageneros ya pueden acogerse al Plan Personalizado de Pago impulsado por la Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de cartagena, que dirige Isabel García. La medida, una de las novedades recogidas en las ordenanzas fiscales para 2016, busca facilitar el pago de diversos impuestos, estimulando una significativa disminución de la presión fiscal sobre los vecinos.
García ha manifestado su satisfacción por la materialización de una idea que busca facilitar el pago, ahondando en la línea marcada por el Gobierno local de acercar la administración a los ciudadanos.
De esta forma, el contribuyente podrá fraccionar el pago de determinados tributos, tales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y Tasa por Vados o entradas de Vehículos a través de las aceras (pasadera), sumando la cuantía de los tres y fraccionándolos de manera conjunta.
HASTA EL 31 DE ENERO
Los interesados podrán solicitar esta medida hasta el próximo 31 de enero. Así, quienes se acojan a este Plan, podrán personalizar los recibos anuales en un plazo máximo de nueve cuotas entre los meses de febrero y octubre. El número de plazos determinado los fijará el interesado, haciéndolo constar en su solicitud, aunque el inicio del mismo será el mes de febrero. La cuota periódica a ingresar se estimará en virtud de la deuda total liquidada en el padrón del ejercicio anterior al de su aplicación.
REQUISITOS
Para poder ser beneficiario de esta iniciativa se han de cumplir una serie de requisitos: ser persona física; estar al corriente de pago de deudas con el Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de solicitud y durante la vigencia del Plan de Pagos; domiciliar el pago de las cuotas periódicas, con renuncia al plazo de devolución establecido en la Ley 16/2009 de Servicios de Pago, además de facilitar al Ayuntamiento un correo electrónico a efectos de notificaciones relacionada con el Plan de Pagos. Del mismo modo, la cuota mensual resultante del Plan de Pago no podrá ser inferior a 20 euros. Por último, la suma total a fraccionar no podrá ser menor de 100 euros.
El impreso de solicitud, además de poder recogerse en la sede del Organismo Autónomo de Gestión Recaudatoria de Cartagena (OAGRC), y también se puede descargar desde el siguiente enlace:
https://sede.oagrc.es/infoPlan;jsessionid=E37EEE368C611AF60A4A8AA03D2406BF
AYUDAS PARA EMPRESAS
En otro orden de cosas, cabe recordar que se ha revisado la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos Municipales con el objetivo de agilizar el aplazamiento y fraccionamiento de los ingresos de derecho públicos municipales, aumentar las cuantías y periodos por tramos a aplazar o fraccionar, así como rebajar las exigencias de prestación de garantías. En este sentido, se dispensa de la obligación de aportar garantía para deudas por importe de hasta 18.000 euros.