La Asociación de Naturalistas del Sureste ha remitido un escrito a la Dirección General de Medio Ambiente en el marco de la fase de consultas del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para mostrar su oposición al Plan Parcial “La Princesa”. Este proyecto promovido por Inmogolf pretende urbanizar una valiosa zona forestal con sabina mora (Tetraclinis articulata) y otros hábitats de interés comunitario que se encuentra inmediatamente colindante al Parque Regional de Calblanque, Monte de las Cenizas y Peña del Águila. ANSE anuncia que adoptará todas las medidas previstas en la legislación para evitar un daño ambiental irreparable.
La Asociación de Naturalistas del Sureste ha remitido un escrito a la Dirección General de Medio Ambiente en el marco de la fase de iniciación y consultas de Evaluación de Impacto Ambiental del Plan Parcial Sector SPR1 “La Princesa” en el término municipal de Cartagena.
Este proyecto urbanístico se inició en 1995, cuando a través del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, unos 200.000 m2 fueron excluidos del ámbito del Parque Regional declarado por la Ley 4/92 junto con los 9 hoyos del campo de golf oeste ejecutados ilegalmente en 1991 por Inmogolf.
En 1991, miembros de ANSE habían paralizado las máquinas que roturaban ilegalmente el bosque y antiguos cultivos de Huerta Calesa para terminar el tercer campo de golf de La Manga Club, que posteriormente fue legalizado por la Comunidad Autónoma. La Asociación advertía ya entonces de la intención de urbanizar posteriormente el entorno del campo de golf.
Desde ese momento, ANSE viene mostrando su frontal oposición a este proyecto por entender que va a afectar a una zona de extraordinarios valores ambientales y que va a tener efectos negativos sobre el Parque Regional y el Lugar de Importancia Comunitaria, inmediatamente colindantes. Además, ANSE considera que estos terrenos deberían haberse mantenido en el interior del Parque Regional y formar parte del Lugar de Importancia Comunitaria, tal y como reconoce un informe de la Universidad de Murcia elaborado en 2004 por profesores investigadores.
En este sentido, la reciente sentencia del Tribunal Constitucional en relación a Marina de Cope proyecta serias dudas sobre si el PORN es un instrumento válido para la modificación de los límites de un Parque Regional o si por el contrario, el ámbito del Plan Parcial de La Princesa seguiría formando parte del Parque desde el punto de vista legal.
Por otro lado, ANSE quiere recordar que la zona ha sufrido reiterados incendios forestales, al parecer provocados, en las últimas décadas, uno en los años 90 del siglo pasado y el más reciente en agosto de 2011.
Incluso la propia Comunidad Autónoma viene mostrado su oposición al desarrollo urbanístico de la zona. Así, un informe del año 2005 firmado cuatro técnicos de la entonces Dirección General del Medio Natural concluye que, "...dada la afección negativa que este Plan Parcial supone sobre el Parque Regional y propuesta de LIC "Calblanque, Peña del Águila y Monte de Las Cenizas", sobre hábitats de interés comunitario clasificados como "Prioritarios" y "Muy Raros" y sobre especies protegidas de flora y fauna, y dado que la Modificación del PGOU de Cartagena que clasificó estos terrenos como urbanizables no fue sometido a Evaluación de Impacto Ambiental, estimamos conveniente el Plan Parcial sea sometido a una "Evaluación de sus Repercusiones", que debería encuadrarse en el marco de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental".
Más recientemente y en el contexto de la EAE del PGMO de Cartagena, la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad elaboró un informe en la Fase de Información y consultas en la que decía lo siguiente: “SUELO URBANIZABLE DE ATAMARÍA Y HUERTA DE LAS CALESAS. En el entorno del Paraje Huerto de las Calesas (SUES-SPR1) se ha establecido una franja de unos 30 metros clasificada como Sistema General de Espacios Libres (SGEL, 121). Esta franja debería ampliarse incorporando las zonas donde existe vegetación natural. (…) Los Sistemas Generales que se corresponden con suelo forestal y hábitats de interés comunitario deberían calificarse como Sistemas Generales de Protección Natural”. La práctica totalidad del ámbito conserva vegetación natural, excepto las zonas ocupadas por el Campo de Golf.