Las familias numerosas del municipio de Cartagena tienen hasta final de año para solicitar la bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de 2013, según han informado fuentes de la concejalía de Hacienda. Como se recordará estos descuentos en la tarifa del impuesto de la vivienda que constituya su residencia habitual, hay que solicitarlos antes del inicio del año, y son del 90 por ciento para las familias de categoría especial; del 60 por ciento para las de categoría general con ingresos brutos anuales inferiores a seis veces el IPREM (38.340 euros) y el 30 por ciento para el resto de familias numerosas de categoría general.
Las familias que se acojan por primera vez a esta bonificación, deberán aportar, junto al modelo de solicitud, que puede descargarse de la página web del Ayuntamiento, una fotocopia compulsada de la escritura de propiedad de la vivienda habitual y una fotocopia compulsada del título de familia numerosa. También deberán adjuntar un certificado de renta de la Agencia Tributaria, las familias de categoría general que quieran obtener un descuento del 60 por ciento. En este certificado deberán constar los ingresos brutos anuales de todos los miembros de la unidad familiar obtenidos en el ejercicio anterior.
Para las familias que deseen renovar la bonificación concedida otros años, deberán presentar el impreso de solicitud junto a la fotocopia compulsada del título de familia numerosa. Además, las familias de categoría general que opten al 60 por ciento, deberán adjuntar un certificado de renta.
La concejalía de Hacienda aconseja a los contribuyentes no esperar hasta última hora para realizar el trámite, sobre todo teniendo en cuenta que el último día de presentación en las dependencias municipales será el viernes 28 de diciembre, ya que el lunes 31 es inhábil en el Ayuntamiento de Cartagena y sólo se podrá hacer en la oficinas de correos.
Para cualquier duda o consulta se puede llamar al 968128849 en horario de oficina.
En 2012 se acogieron a esta bonificación 1.100 familias numerosas. De ellas, 137 obtuvieron una bonificación del 90 por ciento por ser de categoría especial; 500, del 60 por ciento como familias numerosas de categoría general con ingresos inferiores a seis veces el IPREM; y 463, del 30 por ciento.
BONIFICACIONES PARA VPO
También hasta final de año pueden solicitar una bonificación del 50 por ciento en el IBI los propietarios de viviendas de protección oficial recientemente construidas.
La bonificación se debe solicitar por los interesados y se aplica durante los tres primeros años desde su calificación. Durante ese periodo se aplicará este descuento sin necesidad de solicitarlo todos los años.
Al término de estos tres años, se puede solicitar una prórroga de otros dos, siempre antes de que termine el año anterior para el que se solicita.
BONIFICACIONES EN VEHÃCULOS
Otro de los impuestos cuyas bonificaciones deben solicitar los contribuyentes antes de que finalice el año son las que afectan al impuesto de vehículos de tracción mecánica.
En este impuesto existe la exención total del pago para los vehículos matriculados a nombre de minusválidos y para su uso exclusivo. El beneficio fiscal se solicita una vez y se concede, sin necesidad de renovarse todos los años, excepto si se cambia la titularidad del vehículo o expira la declaración de minusvalía emitida por el IMAS.
DESCUENTOS EN EL AGUA PARA FAMILIAS NUMEROSAS Y PENSIONISTAS
El caso de las tarifas del agua potable es diferente al de los impuestos, puesto que los descuentos se pueden solicitar de un mes para otro, y no anualmente.
En la actualidad el Ayuntamiento, a través de la empresa concesionaria Aquagest, ofrece bonificaciones a familias numerosas y pensionistas, que deben solicitarse y renovarse periódicamente.
Las personas que tengan la categoría de pensionista o jubilados, están exentos del pago de 4,5 metros cúbicos al mes y deben renovar este beneficio cada tres años.
Para ello el solicitante debe presentar su DNI, la tarjeta Seguridad Social en vigor, certificado de empadronamiento y la última factura de agua. El contrato de suministro ha de estar a nombre del interesado. En caso de que el contador de agua sea comunitario, se presentará también escritura o contrato de alquiler y fotocopia del recibo de la comunidad.
La documentación puede presentarse en las oficinas de Aquagest en la calle Capitanes Ripoll o bien remitirla por correo electrónico a cartagena@agbar.net.
Para la renovación de la tarifa cada tres años, sólo es necesario presentar el DNI o autorización expresa en su nombre y la tarjeta de la Seguridad Social en vigor.
En el caso de familias numerosas, se ofrece una tarifa reducida entre los 4,5 y los 13,5 metros cúbicos mensuales. Esta bonificación se aplica al suministro de la vivienda habitual, donde el contrato ha de estar a nombre del interesado.
Esta bonificación, una vez solicitada, caduca a la par que el título, por lo que deberá presentar de nuevo cuando esté renovado.
Para su solicitud hay que presentar el dni, el carné de familia numerosa, el certificado de empadronamiento y la última factura de agua.
En caso de que el contador de agua sea comunitario, se presentará también escritura o contrato de alquiler y fotocopia del recibo de la comunidad.