La Guardia Civil investiga a un camionero por conducir de forma temeraria, con el permiso de conducción retirado y bajo los efectos de alcohol y drogas

En la autovía A-30 (Albacete-Cartagena), término municipal de Cartagena

Accedió a la autovía desde la carretera de Fuente Álamo, con una conducción zigzagueante y a la vez golpeando las biondas de los márgenes derecho e izquierdo

Un testigo presencial avisó de los hechos y retuvo la circulación con su vehículo para evitar que colisionaran los usuarios que seguían al camión

Dio positivo en cocaína y en las pruebas de detección de alcoholemia, con un resultado de 0,55 mg/l y 0,57 mg/l de aire espirado en el etilómetro

Murcia, 31 de diciembre de 2021. La Guardia Civil de la Región de Murcia, gracias a la colaboración ciudadana, ha interceptado e investigado en Cartagena al conductor de un camión de gran tonelaje por conducir bajo la influencia de drogas tóxicas y alcohol, y tener suspendido el permiso de conducir por sentencia judicial.

Las actuaciones se iniciaron cuando la central del Sector de Tráfico de Murcia movilizó la patrulla en servicio del Destacamento de Tráfico de Cartagena para comprobar una incidencia relacionada con la conducción irregular de un vehículo de gran tonelaje en la autovía de Murcia A-30 (Albacete Cartagena).

Al parecer, varias personas habían contactado con el teléfono de emergencias 112 para comunicar que un camión circulaba sentido Cartagena zigzagueando y colisionando contra las barreras metálicas de la autovía de Murcia.

De hecho, este vehículo pesado estaba siendo seguido por un ciudadano que circulaba detrás de él desde la carretera de Fuente Álamo, RM-602 (Miranda Los Muñoces). El ciudadano informó en un primer momento, al ver que iba dando bandazos de lado a lado de la carretera, que este tipo de conducción era para esquivar los baches de la calzada, pero cuando se incorporaron a la autovía sentido Cartagena y observar que golpeaba la cabeza tractora contra las barreras metálicas de protección de los dos carriles, optó por dar aviso a emergencias y colocar su vehículo en la parte trasera del camión, a una distancia prudencial, para evitar que otros usuarios le adelantaran y pudieran colisionar con este.

Al tener conocimiento de los hechos, la patrulla de motoristas de la Benemérita se incorporó de inmediato a la circulación de la autovía sentido Cartagena y logró interceptar el vehículo y la persona que lo conducía a la altura del acceso al polígono industrial Cabezo Beaza, término municipal de Cartagena.

A continuación los guardias civiles identificaron al conductor del camión, un varón, español y de 44 años, que presentaba claros signos de hallarse bajo la influencia de drogas tóxicas y de otras sustancias alcohólicas, por lo que fue sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia, en el etilómetro evidencial, arrojando el resultado de 0,55 y 0,57 miligramos de alcohol en aire espirado.

Ante las sospechas de que hubiera ingerido algún tipo de droga u otra sustancia estupefaciente o psicotrópica, además, los guardias civiles le practicaron la preceptiva prueba indiciaria de detección de drogas en saliva, en la que arrojó un resultado positivo en cocaína, por lo que le fue obtenida una segunda muestra de fluido oral que ha sido remitida a un laboratorio acreditado para contrastar este primer resultado provisional, conforme a la normativa vigente.

Los efectivos del Sector de Tráfico continuaron la actuación con la comprobación de la situación en la que se encontraba este conductor y detectaron que le figuraba una suspensión temporal del permiso de conducción en vigor, dictada por un Juzgado de Lo Penal de Granada, donde se ordenaba la búsqueda, detención e ingreso en prisión de esta persona, por lo que fue trasladado a las dependencias oficiales de la Guardia Civil de Cartagena para la instrucción de las correspondientes diligencias judiciales.

El investigado, al que se le atribuyen dos delitos contra la seguridad vial, por conducir bajo la influencia de drogas tóxicas y por circular teniendo suspendido el permiso de conducir por sentencia judicial, fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Cartagena.

El camión implicado en los hechos quedó inmovilizado a disposición de la autoridad judicial como instrumento del delito en una zona de estacionamiento del polígono industrial Cabezo Beaza de Cartagena.

Además, al conductor se le confeccionaron los siguientes boletines de denuncia administrativa ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia y anexadas a las diligencias judiciales:

Por infracción al artículo 20.1 del R° Gral., de Circulación, por "Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 mg/l que es la reglamentariamente establecida, 1ª prueba: 0,55 mg/l. 2ª prueba, 0,57 mg/l.", que lleva aparejada una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos del permiso de conducir.

Por infracción al artículo 3.1 del R° Gral., de Circulación, por "Conducir de forma temeraria, circular de forma zigzagueante sin causa justificada colisionando contra bionda izquierda y derecha y no permitiendo el adelantamiento de los vehículos que circulan detrás de él", que lleva aparejada una sanción de 500 euros y la detracción de 6 puntos del permiso de conducir.

Por infracción al artículo 2.1 del Real Decreto legislativo 8/2004, (Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor), por "Circular el vehículo reseñado sin que conste que su propietario tenga suscrito y mantenga en vigor un contrato de seguro que le cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación", que lleva aparejada una sanción de 2.800 euros sin detracción de puntos.

El delito de conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas, se encuentra recogido en el artículo 379.2 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses o con la multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

El delito de circular teniendo suspendido el permiso de conducir por sentencia judicial, se encuentra recogido en el artículo 384 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses o con la multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

La Guardia Civil apela a la colaboración ciudadana, como ha ocurrido en este caso, ante la elevada peligrosidad que supone la circulación de vehículos de forma manifiestamente temeraria e irregular, para que tan pronto como detecten una de estas situaciones avisen urgentemente a los teléfonos 112 (emergencias) o 062 (Guardia Civil), permitiendo así interceptar al infractor antes de que se produzca algún accidente u otro resultado perjudicial.

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