La Concejalía de Hacienda que dirige Isabel García recuerda que, desde el pasado 1 de junio y hasta el 7 de agosto, el Ayuntamiento de Cartagena ha puesto al cobro los recibos correspondientes a los Impuestos de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, rústica y características especiales.
En el mismo proceso, y con idénticos tiempos, se encuentran los recibos de las paradas de taxis, y las tasas por recogida de basuras y alcantarillado de La Manga, correspondientes a las viviendas.
Por lo que respecta a la tasa por ocupación del dominio público con veladores, mesas y sillas, también vigente, el periodo de pago finaliza el próximo 5 de septiembre. Para este año se ha suprimido en su totalidad el recargo por los toldos, sombrillas o cualquier otro elemento de vuelo. Anteriormente, el recargo era del 35 %; en 2016 fue reducido al 15 %, siendo eliminado para el presente año.
DOMICILIACIÓN DEL COBRO
En este punto, conviene recordar la medida implementada por la Concejalía de García para facilitar el pago a los contribuyentes. Así, desde este año, los vecinos que domicilien el pago de sus impuestos municipales no tienen que afrontar el pago hasta el último día del periodo impositivo, fecha en la que el Organismo Autónomo de Gestión Recaudatoria de Cartagena cargará el importe del recibo.
Disminución en la presión fiscal de los vecinos
El Gobierno local, a través de la Concejalía de Hacienda, ha instaurado, durante los dos años de legislatura, una bajada generalizada de impuestos, tasas y precios públicos, definitivamente consolidada durante 2017.
En el caso del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, los vecinos apreciarán una bajada del 6% del recibo, lo que traducido en números supone que el Ayuntamiento deje de ingresar alrededor de 2,5 millones de euros.
De esta forma, el importe puesto al cobro por el IBI de naturaleza urbana asciende a 46 millones de euros; el de rústico a más de 650.000 euros, mientras que el de características especiales se eleva a 18.675.000 euros.
MEDIDAS DE APOYO AL CONTRIBUYENTE
La propuesta formulada desde Hacienda viene a sumarse a otras ya consolidadas, como el Plan Personalizado de Pago, al objeto de facilitar a los vecinos el pago de sus obligaciones tributarias. Para 2017, este Plan de pago se ha ampliado y mejorado al aplicarse también a las sociedades, permitiendo añadir el Impuesto de Actividades Económicas entre los impuestos que se pueden incluir en el mismo, al tiempo de incrementarse en un mes el plazo de pago.
La medida ha contado con el apoyo del contribuyente, incrementándose en un 58% el número de vecinos acogidos respecto a 2016.
DOMICILIACIÓN DE TRIBUTOS
La domiciliación de los tributos es una cómoda opción que permite al contribuyente despreocuparse de la recepción de posibles avisos de pago, así como los eventuales recargos u otros incrementos de los importes a pagar.
También incide en un ahorro de tiempo al evitar desplazamientos, ya que el OAGRC otorga la posibilidad de domiciliar el pago de cualquiera de los tributos a través de su Sede Electrónica. Para la domiciliación de cualquier recibo, se ha de cumplimentar el formulario correspondiente, trámite que se puede realizar desde este enlace.
Los recibos domiciliados se procesarán de acuerdo con el procedimiento establecido por el Consejo Superior Bancario, y tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de depósito o la Administración Municipal disponga expresamente su invalidez por causas justificadas.
DESCARGA DE DOCUMENTOS Y MEDIOS DE PAGO
Para facilitar el pago, el OAGRC ofrece un enlace directo para que el contribuyente pueda descargar, de manera cómoda, los recibos a satisfacer.
Puede realizar el pago en las oficinas, cajeros y en los servicios de banca electrónica de cualquiera de las entidades colaboradoras.
Del mismo modo, puede abonar el importe mediante tarjeta de crédito o débito en la Sede Electrónica del organismo. Mediante la tarjeta bancaria se puede realizar el pago, en período voluntario, de todos los tributos puestos al cobro por el OAGRC. Los únicos requisitos son ostentar la titularidad de una tarjeta y disponer de un certificado digital o de los datos del recibo que se desea pagar.