La representación procesal del alcalde, José López (MC), ha presentado recurso ante el Juzgado de Instrucción n° 5, aportando la documentación que la denuncia formulada por el PP y el portavoz de su Grupo municipal, Francisco José Espejo, había ocultado al Juzgado.
En concreto, se ha hecho entrega del decreto de delegación de competencias en materia de Urbanismo de la Junta de Gobierno Local de 19 de junio de 2015, publicado en el BORM 205 de 5 de septiembre de 2015, para dejar constancia de que el alcalde no ostenta competencias en materia de Urbanismo ni de expropiación forzosa.
Esta circunstancia, sobrademente conocida por el denunciante, resulta muy relevante pues todas las imputaciones que se realizan al alcalde en la denuncia se basan únicamente en el hecho, incierto como es sabido, de que López ostenta las competencias en dichas materias. En definitiva, ante la ausencia total de irregularidad alguna en la conducta de José López, el denunciante, cuyo único objetivo en este procedimiento es perjudicar su buen nombre, ha decidido establecer una serie de suposiciones que parten todas ellas de una premisa falsa para, sin aportar prueba alguna, obtener los réditos políticos buscados.
Asimismo, se ha acompañado el acuerdo plenario de aprobación del Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico (PEOPCH), de 7 de noviembre de 2005, en el que se determina como equipamiento administrativo el inmueble sito en calle cuatro santos 3 y 5, así como el inicio del expediente de expropiación, decreto de 5 de julio de 2006, firmado por el concejal del Partido Popular, Agustín Guillén, en cumplimiento de la obligación legal del Ayuntamiento de resarcir a los propietarios por esta decisión urbanística.
Y finalmente se ha aportado también el acta de ocupación y pago, de 3 de marzo de 2017, por la que el Ayuntamiento adquiere el inmueble.
Esta documentación no se acompañó a la denuncia, evitando con ello que el magistrado instructor conozca la verdadera sucesión de hechos, la actuación llevada a cabo y las personas intervinientes.
En el escrito presentado se llama la atención sobre estas cuestiones, así como a la inexistencia de causa de abstención en los miembros de la Junta de Gobierno conforme a la normativa.
Igualmente, se lamenta que, para alcanzar un apariencia de sospecha, el concejal popular, Francisco Espejo, y el Grupo municipal del PP al que representa, quienes durante veinte años han gobernado el municipio y dirigido la administración local, no duden en hablar de una trama urdida con funcionarios municipales en connivencia con políticos, llegando a hablar de manipulación de actas y de funcionarios que incumplen sus obligaciones.
Finalmente, se ha puesto en conocimiento del Juez la intencionalidad y utilidad política que ya ha tenido esta denuncia, lamentando que, con ocultación de información y documentos, se consiga poner en duda el buen nombre y el trabajo de los funcionarios y, por supuesto, de José López Martínez.
Este escrito se ha presentado en la confianza de que el instructor, una vez adquiera conocimiento de la situación, adoptará la resolución que procede, es decir, el archivo del procedimiento abierto, por no existir indicio alguno racional de criminalidad.