El Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena ha desestimado la medida cautelar consistente en la paralización de las obras que se desarrollan en la calle Muralla de Tierra de Cartagena tras la práctica de las diligencias precisas, consistentes en inspecciones oculares y periciales y diversas declaraciones testificales.
En auto de fecha de hoy, el instructor concluye, respecto al trozo de la muralla de la época de Carlos II que discurre por la zona, “que la medida de protección que ya se ha adoptado por la promotora a petición de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, “a fin de salvaguardar el trozo de muralla descrito, tal y como informaron los profesionales en la materia, “es suficiente” y, por tanto, “no tiene sentido acordar la paralización de las obras”.
Sobre la línea imaginaria que supone el dibujo o trazado por donde en su día debió continuar la muralla, el juez-magistrado entiende que “aun considerando que la tan repetida huella negativa pudiera consistir en el lugar en que estuviera apoyada la cimentación de la muralla, no cabe duda de que en la actualidad no existe tal cimentación ni, por supuesto, tal muralla” y añade, en su fundamentación, que “no puede protegerse lo que no existe” y por ello, “no puede acordarse la paralización de una obra para proteger y no destruir algo que, puede que en su día existiera, pero no en la actualidad”.
Finalmente, y en relación con el entorno de la muralla, el instructor estima “que no existen razones suficiente para acordar la paralización de la obra por el mero hecho de que el entorno de la obra no esté definido, ya que tal delimitación o definición se hace conforme a la legislación vigente y no resulta del todo necesaria para la ejecución de las obras proyectadas”.