El MARM evalúa favorablemente el oleoducto Cartagena-Puertollano (Ciudad-Real)

• El trazado elegido discurre en todo momento paralelo al oleoducto Cartagena-Puertollano existente.

• No se prevé afección al funcionamiento de la hidrología de la zona debido a la escasa profundidad de la zanja, no obstante, se tomarán las medidas de prevención para la protección de la misma.

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental favorable a la realización del proyecto “Oleoducto Cartagena-Puertollano (Murcia-Ciudad Real)”.

La DIA, que hoy se publica en el BOE, ha resuelto que siempre y cuando se realice el trazado elegido, y con las medidas y condiciones ambientales señaladas que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

El objeto del proyecto es la construcción de un oleoducto de aproximadamente 357 km de longitud, para poder llevar a cabo la distribución de una parte significativa de los destilados medios (gasoil y queroseno) previstos en la ampliación de la refinería de Cartagena. De esta manera se suministrarán destilados a la zona centro de la península, consiguiéndose la diversificación en el aporte de los mismos y, en consecuencia, una mayor garantía y continuidad en el abastecimiento de productos energéticos. Asimismo servirá para conectar las refinerías que Repsol YPF tiene en Cartagena y Puertollano.

El trazado elegido discurre en todo momento paralelo al oleoducto (Cartagena- Puertollano) existente, casi siempre dentro de su franja de servidumbre, salvo en los tramos en los que la traza se separa ligeramente para salvar los cruces con infraestructuras lineales y cursos hídricos.

Para evitar impactos en la fase de diseño, el promotor establece medidas preventivas como son el que el trazado siga, siempre que sea posible, los corredores de otras infraestructuras y accesos ya existentes, evitar zonas de interés arqueológico y paleontológico, espacios naturales protegidos, vegetación natural, así como elegir un punto de cruce con cursos hídricos que suponga una afección mínima sobre la vegetación y fauna asociados.

Debido a la escasa profundidad de la zanja, no más de 2 m, en ningún caso se va a afectar el funcionamiento de la hidrología de la zona, no obstante se tomarán las medidas necesarias para la protección de la misma. Asimismo se garantizará en todo momento el flujo de caudales y, una vez instalada la tubería, se restituirá el lecho del río respetando su morfología original.

La DIA hoy aprobada establece, entre otras, las medidas necesarias para preservar las características del suelo y de la topografía como: instalación de dispositivos de retención de materiales, revegetación o hidrosiembra, limitación de la zona de obras y de la velocidad y transito de vehículos, correcta gestión de posibles derrames de sustancias peligrosas etc. Además el promotor incluye un apartado específico de restauración de suelos y disminución de erosión.

En lo referente a la fauna el calendario de obras se adaptará de forma que se afecte lo menos posible a los periodos de máxima sensibilidad de especies las incluidas en los Catálogos Nacionales y Regionales de Especies Amenazadas.

En los tramos en los que el oleoducto cruza con el Lugar de Interés Comunitario (LIC) “Sierra de Relumbrar y estribaciones de Alcaraz” y del LIC y Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Sierras de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del Mundo” se llevará a cabo un proyecto de medidas de fomento de los valores ambientales de dicho espacio, basado en la potenciación de poblaciones de especies presa de rapaces y lince, que será consensuado con el organismo ambiental competente en la materia, tanto en Albacete como en Ciudad Real.

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