Entra en vigor la ordenanza que regula la potestad sancionadora del Ayuntamiento

Tras su publicación en el BORM, hoy empieza a ser aplicable esta ordenanza que aporta novedades, como la ampliación a seis meses del plazo de caducidad de los procedimientos sancionadores, y la bonificación hasta el 30 por ciento para los pagos voluntarios de las multas 

La Ordenanza Municipal reguladora del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora por el Ayuntamiento de Cartagena entra hoy en vigor, una vez que ayer miércoles se publicara en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

 

La necesidad de establecer un procedimiento sancionador único para aquellas materias que son competencia propia del Ayuntamiento, está en el origen de la aprobación de la Ordenanza, en la que quedan excluidos los procedimientos de sanción en materia tributaria, de régimen disciplinario del personal del Ayuntamiento y en lo relativo a tráfico y seguridad vial, que cuentan con sus regulaciones específicas.

 

Una de las novedades de esta ordenanza es que establece un plazo máximo de seis meses para la resolución y notificación del procedimiento, tras el cual se produce la caducidad; plazo que hasta ahora no estaba regulado expresamente por el Ayuntamiento y se aplicaba de forma supletoria, el de un mes, tiempo establecido para el procedimiento simplificado general, de manera que muchos de estos procesos por infracciones leves caducaban sin llegar a tener sanción.

 

Otra novedad del nuevo regimen sancionador común del Ayuntamiento de Cartagena es que a la hora de imponer sanciones y graduar la cuantía de las multas, se tendrá en cuenta la trascendencia social y el perjuicio causado, la intencionalidad o si hay reiteración o reincidencia, estableciéndose como cuantías máximas: hasta 750 euros, las infracciones leves; de 751 hasta 1.500 euros, las graves; y de 1.501 hasta 3.000 euros, las muy graves.

 

También es nuevo lo relacionado el importe de la sanción propuesta, que se podrá reducir en un 30 por ciento si el pago se hace efectivo dentro del plazo de quince días desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento. Esto permitirá trasladar al ciudadano el ahorro que en tiempo y en trámites administrativos, supone su allanamiento y prontitud en el pago.

 

Con la entrada en vigor de esta ordenanza, se modifica el régimen de infracciones y sanciones de otras normas municipales, como son la que versan sobre Protección y Tenencia de Animales de Compañía, la que regula el Servicio de Transporte Público Urbano de viajeros en autobús, la de Pasaderas en la vía pública y la de Limpieza Urbana.

 

Además, se deroga en su totalidad la ordenanza reguladora de la conexión de los sistemas de alarmas privados a la central de la Policía Local.

 

 

Texto íntegro de la ordenanza...

 

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